Programa de In tervención familiar en Situaciones de Pobreza Energética 2026.

6 · Mar · 2026 | Destacada, Noticia, Serv. Comunitarios

Resolución de la Presidencia del IPBS Núm. 2026/00000092, de 6 de marzo de 2026, por la que se aprueba el Programa de In tervención familiar en Situac …

Resolución de la Presidencia del IPBS Núm. 2026/00000092, de 6 de marzo de 2026, por la que se aprueba el Programa de In tervención familiar en Situaciones de Pobreza Energética 2026.

Objeto: Mediante esta línea se pretende regular un recurso complementario a las ayudas
económicas existentes centrado en el pago de suministros básicos, las cuales serían
complementarias a las medidas de carácter educativo y de intervención familiar por parte de
los equipos de Servicios Sociales de las ZBSS, cuando así fuera necesario.
Se pueden definir como ayudas económicas complementarias, familiares y no periódicas
(aunque con la posibilidad de poder fraccionar su pago en virtud de su naturaleza y la
preceptiva prescripción técnica), que permiten paliar, minimizar e incluso atajar el problema
de suministro de gas y electricidad, no sólo en la inmediatez, esto es, el corte de suministro,
sino que garantizan un periodo mínimo de cobertura, (nunca superior al periodo de vigencia
del Programa), en aquellos hogares que pueden sufrir las consecuencias de la pobreza
energética, como: habitar viviendas a temperaturas inadecuadas, no tener acceso a clases
on-line, no disponer de agua caliente, no poder preparar o conservar los alimentos más
básicos o no poder garantizar la cobertura de los dispositivos específicos de carácter
sanitario en el domicilio de personas con enfermedades graves.

Naturaleza de las ayudas: Se considerarán gastos cubiertos por estas ayudas aquellos derivados del consumo de energía
eléctrica y/o gas, que se produzcan dentro de la vigencia del programa. Además, podrán
cubrirse nuevas altas del suministro eléctrico derivadas de su interrupción por falta de pago, así
como gastos derivados de deudas de años anteriores que deriven en un corte de suministro,
debidamente acreditado.

Presupuesto: El crédito inicial destinado a este Programa, en el ejercicio 2026, asciende a CIENTO CINCUENTA
MIL EUROS (150.000,00 €), el cual podrá ser modificado, a lo largo del ejercicio presupuestario, en
el supuesto de que circunstancias sociales, humanitarias, económicas o de interés público
aconsejen el incremento de este.

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